NORMATIVA
Como titular de una Instalación frigorífica debe saber y estar informado de la Nota Informativa R.D. 552/2019 de 27 de septiembre por el que se aprueba el reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus ITC´S.
Los titulares de instalaciones que no estén inscritas en los registros del órgano competente en su Comunidad Autónoma, dispondrán hasta el 21 de marzo de 2.023 para presentar ante el citado órgano la documentación que se indica en el R.D552/2019.
La no presentación de la documentación en el plazo previsto será considerada una infracción prevista en el artículo 31.2 c) de la Ley 21/1992, de 16 de Julio con sanciones de hasta 6.000.000 euros.
Como empresa Instaladora y Mantenedora de Nivel 1 y Nivel 2 contamos con un Departamento de Ingeniería para presentar la documentación requerida según consta en : https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-15228
En llamamiento a todos los titulares de instalaciones productoras de frío, les rogamos contacten con nuestro Departamento a través del teléfono: 941 40 10 22 o bien vía mail al correo: e.tomas@refyclima.es.
Les rogamos no pospongan esta obligación, ya que a partir de la fecha límite 21 de marzo de 2.023, su instalación no podrá ser legalizada como instalación existente (R.D. 138/20111) y tendrá que legalizarse y ser actualizada como nueva instalación con las condiciones y exigencias del nuevo reglamente R.D. 552/2019.